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Alquiler en Capital Federal |
Deberán registrarse en AFIP los contratos de alquiler
Deberán hacerlo quienes tengan propiedades en esa condición por un valor superior a los $8000 mensuales
Quienes tengan en alquiler propiedades por un valor superior a los $8000 mensuales o inmuebles rurales de una extensión mayor a las 30 hectáreas, deberán anotar el contrato de locación en el Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La medida, que rige desde el primer día hábil de 2012, alcanza a los contratos de locación de inmuebles urbanos (incluyen a los espacios fijos sobre inmuebles como carteles o antenas)
Por los que, individualmente o en conjunto, se perciba el precio antes mencionado; y a los de inmuebles rurales, sean contratos de aparcerías rurales y los contratos accidentales de explotación agropecuaria, cuando la superficie sea superior a las 30 hectáreas.
La medida trae aparejada una serie de tareas para quien alquila o arrienda la propiedad o inmueble rural. De acuerdo a la resolución de la AFIP, los locatarios o arrendatarios en el momento de efectuar el pago de la locación, deberán verificar que el propietario tenga el inmueble consignado en el ROI.
Si el propietario no hubiese cumplido con la obligación de informar la operación en el registro...
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Fuente: http://www.lanacion.com.ar/